lunes, 8 de julio de 2013

Personas naturales podrán adquirir hasta 5.000 dólares en el Sicad

Las personas naturales podrán adquirir un monto máximo de 3.000 dólares o su equivalente en otras divisas destinados a la atención de gastos de consumo para viajes en al exterior y hasta 5.000 dólares para gastos de estudios, salud, investigaciones científicas o el pago de bienes adquiridos para la prestación de servicios profesionales


En una resolución emanada del Banco Central de Venezuela se establece que las personas naturales podrán adquirir un máximo de entre 3.000 y 5.000 dólares en el sistema complementario de Administración de Divisas.
La resolución publicada en la Gaceta Oficial 40.200 establece que las personas naturales podrán adquirir un monto máximo, no acumulativo, por año calendario de 3.000 dólares o su equivalente en otras divisas destinados a la atención de gastos de consumo para viajes en al exterior y hasta 5.000 dólares para gastos de estudios, salud, investigaciones científicas o el pago de bienes adquiridos para la prestación de servicios profesionales.
Se refiere que salvo excepciones las personas naturales y jurídicas residenciadas o domiciliadas en el territorio nacional podrán realizar posturas para adquisición de divisas en el Sicad, mientras que cuando se trata del sector privado podrán ser efectuadas por cualquier personas natural o jurídica aún y cuando no se encuentre en el territorio nacional.
Se establece que el monto mínimo y máximo será determinado en las convocatorias que para cada acto se publiquen al efecto.
Las personas que opten a la compra de divisas en el Sicad deberán estar inscritos en el sistema complementario de administración de divisas Rusicad, administrado por el BCV.
También se fijó que las personas naturales o jurídicas sólo podrán utilizar una institución autorizada durante cada mes calendario, debiendo tener una antigüedad no menor de 90 días continuos como clientes de la misma.
Las personas naturales o jurídicas  deberán presentar original y copa de la cedula o en su defecto original y copia del documento de nacionalización, original y copia del Rif vigente y actualizado.

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